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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la orden que establece el procedimiento de comunicación que deben seguir los ayuntamientos de Valencia cuyos agricultores o ganaderos hayan sufrido daños por la dana, pero que no estaban incluidos en el listado inicial de municipios afectados, recogido en el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre.
El pasado lunes día 23, el Consejo de Ministros aprobó un real decreto-ley (9/2024) por el que se amplía el ámbito de aplicación de las medidas agrarias para los afectados por la dana con el fin de incluir a los agricultores y ganaderos valencianos de municipios colindantes con daños en sus explotaciones, tras comprobar la existencia de parcelas e infraestructuras gravemente afectadas por la dana en la provincia de Valencia que no estaban incluidas en el ámbito territorial de los municipios inicialmente relacionados en el Real decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre.
Comunicarlo a sus respectivos ayuntamientos
La orden publicada, que desarrolla este real decreto, dispone que los titulares de las explotaciones afectadas deben comunicar a sus respectivos ayuntamientos la existencia de daños, ya sean de producción o de potencial productivo.
El ayuntamiento remitirá a su vez el miércoles de cada semana, y hasta el 5 de febrero de 2025, al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación esta información agregada mediante un formulario puesto a su disposición. Una vez comunicada la información, se procederá a la verificación de los daños y de los requisitos y, en su caso, a conceder las ayudas previstas en los citados artículos.
El secretario de Estado de Política Territorial, Arcadi España, y el subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Ernesto Abati, han mantenido una reunión con una treintena de alcaldes de la provincia de para explicar la extensión de las medidas, el procedimiento de comunicación de daños y resolver dudas y cuestiones planteadas por los municipios.
Los titulares de las parcelas e instalaciones contempladas en la extensión podrán acceder a las ayudas directas por pérdida de renta, que tiene un presupuesto total de 200 millones de euros.
También podrán beneficiarse de las medidas de recuperación del potencial productivo para la reparación de caminos rurales, infraestructuras de regadío y parcelas agrícolas y ganaderas, para las que existe una dotación de 170 millones de euros.
Línea ICO-MAPA-SAECA
Igualmente, los agricultores y ganaderos con daños en estos municipios colindantes podrán optar a las ayudas para la reposición de la maquinaria agrícola dañada por la dana por un total de 10 millones de euros y beneficiarse de la financiación bonificada a través de la línea ICO-MAPA-SAECA, dotada con 60 millones de euros.
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Actualidad
Las ayudas agrarias por la dana se extienden a nuevos damnificados
Publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE)
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AGROCLM
27/12/2024
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la orden que establece el procedimiento de comunicación que deben seguir los ayuntamientos de Valencia cuyos agricultores o ganaderos hayan sufrido daños por la dana, pero que no estaban incluidos en el listado inicial de municipios afectados, recogido en el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre.
El pasado lunes día 23, el Consejo de Ministros aprobó un real decreto-ley (9/2024) por el que se amplía el ámbito de aplicación de las medidas agrarias para los afectados por la dana con el fin de incluir a los agricultores y ganaderos valencianos de municipios colindantes con daños en sus explotaciones, tras comprobar la existencia de parcelas e infraestructuras gravemente afectadas por la dana en la provincia de Valencia que no estaban incluidas en el ámbito territorial de los municipios inicialmente relacionados en el Real decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre.
Comunicarlo a sus respectivos ayuntamientos
La orden publicada, que desarrolla este real decreto, dispone que los titulares de las explotaciones afectadas deben comunicar a sus respectivos ayuntamientos la existencia de daños, ya sean de producción o de potencial productivo.
El ayuntamiento remitirá a su vez el miércoles de cada semana, y hasta el 5 de febrero de 2025, al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación esta información agregada mediante un formulario puesto a su disposición. Una vez comunicada la información, se procederá a la verificación de los daños y de los requisitos y, en su caso, a conceder las ayudas previstas en los citados artículos.
El secretario de Estado de Política Territorial, Arcadi España, y el subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Ernesto Abati, han mantenido una reunión con una treintena de alcaldes de la provincia de para explicar la extensión de las medidas, el procedimiento de comunicación de daños y resolver dudas y cuestiones planteadas por los municipios.
Los titulares de las parcelas e instalaciones contempladas en la extensión podrán acceder a las ayudas directas por pérdida de renta, que tiene un presupuesto total de 200 millones de euros.
También podrán beneficiarse de las medidas de recuperación del potencial productivo para la reparación de caminos rurales, infraestructuras de regadío y parcelas agrícolas y ganaderas, para las que existe una dotación de 170 millones de euros.
Línea ICO-MAPA-SAECA
Igualmente, los agricultores y ganaderos con daños en estos municipios colindantes podrán optar a las ayudas para la reposición de la maquinaria agrícola dañada por la dana por un total de 10 millones de euros y beneficiarse de la financiación bonificada a través de la línea ICO-MAPA-SAECA, dotada con 60 millones de euros.
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