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La Comisión Europea ha propuesto retrasar un año la aplicación del reglamento sobre deforestación importada, que debía entrar en vigor el próximo 30 de diciembre. En consecuencia, no sería obligatorio hasta el 30 de diciembre de 2025 para las empresas grandes y hasta el 30 de junio de 2026 para las empresas pequeñas y las microempresas.

 

Bruselas ha cedido así a las presiones de los profesionales europeos, de algunos Estados miembros, de los países terceros afectados y de una parte del Parlamento Europeo.

 

Hay que recordar que este reglamento, cuando entre en vigor, prohibirá la importación, en la Unión Europea, de aceite de palma, carne de vacuno, soja, café, cacao, madera y caucho, si proceden de tierras que antes eran bosques.

 

Sin embargo, su aplicación es muy compleja porque, entre otras cosas, las empresas importadoras deben demostrar que los productos que importan no proceden de áreas deforestadas por medio de fotos geolocalizadas. Además, Bruselas debe publicar todavía una clasificación de países en función de su nivel de riesgo de deforestación (bajo, normal o elevado) y aportar algunas otras aclaraciones sobre esta normativa.

 

Ante la incertidumbre, algunos operadores estaban ralentizando, por ejemplo, la importación de harina de soja, una materia prima fundamental en la alimentación del ganado en España, principalmente en las explotaciones intensivas.

 

La decisión de retrasar su aplicación en un año ha sido muy bien acogida por las organizaciones agrarias europeas y los sectores afectados, así como por los productores de países terceros (por ejemplo los de aceite de palma de Malasia) y los Gobiernos de los países que exportan esos productos a la Unión Europea, como los de Mercosur.

 

8/10/24 13:49
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Retraso de un año en la aplicación de las normas sobre deforestación importada

Hasta el 30 de septiembre de 2025 para las empresas grandes

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Normativa y ayudas
Roberto Gomez
08/10/24
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La Comisión Europea ha propuesto retrasar un año la aplicación del reglamento sobre deforestación importada, que debía entrar en vigor el próximo 30 de diciembre. En consecuencia, no sería obligatorio hasta el 30 de diciembre de 2025 para las empresas grandes y hasta el 30 de junio de 2026 para las empresas pequeñas y las microempresas.

 

Bruselas ha cedido así a las presiones de los profesionales europeos, de algunos Estados miembros, de los países terceros afectados y de una parte del Parlamento Europeo.

 

Hay que recordar que este reglamento, cuando entre en vigor, prohibirá la importación, en la Unión Europea, de aceite de palma, carne de vacuno, soja, café, cacao, madera y caucho, si proceden de tierras que antes eran bosques.

 

Sin embargo, su aplicación es muy compleja porque, entre otras cosas, las empresas importadoras deben demostrar que los productos que importan no proceden de áreas deforestadas por medio de fotos geolocalizadas. Además, Bruselas debe publicar todavía una clasificación de países en función de su nivel de riesgo de deforestación (bajo, normal o elevado) y aportar algunas otras aclaraciones sobre esta normativa.

 

Ante la incertidumbre, algunos operadores estaban ralentizando, por ejemplo, la importación de harina de soja, una materia prima fundamental en la alimentación del ganado en España, principalmente en las explotaciones intensivas.

 

La decisión de retrasar su aplicación en un año ha sido muy bien acogida por las organizaciones agrarias europeas y los sectores afectados, así como por los productores de países terceros (por ejemplo los de aceite de palma de Malasia) y los Gobiernos de los países que exportan esos productos a la Unión Europea, como los de Mercosur.