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El Consejo de Ministros aprobó el 8 de octubre un real decreto por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa de la Unión Europea en materia de comercialización de huevos, aprobada en noviembre de 2023. El Ministerio de Agricultura ha recordado que la reglamentación comunitaria es directamente aplicable; sin embargo, en el texto aprobado por el Gobierno se incluyen algunas disposiciones adicionales y determinados aspectos que requerían de la regulación y el control por parte de los Estados miembros.

 

Entre las principales novedades figura la regulación de las excepciones al marcado obligatorio de los huevos en granja. La norma establece que los huevos se podrán marcar, como excepción, en un centro de embalaje, siempre que lo autorice la autoridad competente y se cumplan una serie de condiciones y requisitos generales, entre los que destaca la implantación de un sistema de controles que asegure el cumplimiento de las normas de comercialización.

 

Además, la norma incorpora la definición de huevos aromatizados y su regulación en el etiquetado. También la comunicación al Ministerio de Agricultura por parte de los centros de embalaje del volumen de huevos comercializados, a efectos estadísticos.

 

La norma recoge igualmente la posibilidad de que las autoridades competentes regulen otros usos en los parques de gallinas camperas, como la instalación de placas solares. Por último, con el fin de avanzar en la transparencia y la información, se adopta el etiquetado facultativo multiespecies.

 

Por lo demás, la nueva normativa mantiene los principios generales de la regulación anterior en cuanto a criterios de clasificación, etiquetado obligatorio y etiquetado facultativo, con el objetivo de contribuir a mantener la unidad de mercado, la transparencia y lealtad en las transacciones comerciales y la información transparente a los consumidores.

 

9/10/24 12:50
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Novedades en la norma de comercialización de los huevos

Recoge disposiciones adicionales a las establecidas en la UE

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Normativa y ayudas
Roberto Gomez
09/10/24
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El Consejo de Ministros aprobó el 8 de octubre un real decreto por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa de la Unión Europea en materia de comercialización de huevos, aprobada en noviembre de 2023. El Ministerio de Agricultura ha recordado que la reglamentación comunitaria es directamente aplicable; sin embargo, en el texto aprobado por el Gobierno se incluyen algunas disposiciones adicionales y determinados aspectos que requerían de la regulación y el control por parte de los Estados miembros.

 

Entre las principales novedades figura la regulación de las excepciones al marcado obligatorio de los huevos en granja. La norma establece que los huevos se podrán marcar, como excepción, en un centro de embalaje, siempre que lo autorice la autoridad competente y se cumplan una serie de condiciones y requisitos generales, entre los que destaca la implantación de un sistema de controles que asegure el cumplimiento de las normas de comercialización.

 

Además, la norma incorpora la definición de huevos aromatizados y su regulación en el etiquetado. También la comunicación al Ministerio de Agricultura por parte de los centros de embalaje del volumen de huevos comercializados, a efectos estadísticos.

 

La norma recoge igualmente la posibilidad de que las autoridades competentes regulen otros usos en los parques de gallinas camperas, como la instalación de placas solares. Por último, con el fin de avanzar en la transparencia y la información, se adopta el etiquetado facultativo multiespecies.

 

Por lo demás, la nueva normativa mantiene los principios generales de la regulación anterior en cuanto a criterios de clasificación, etiquetado obligatorio y etiquetado facultativo, con el objetivo de contribuir a mantener la unidad de mercado, la transparencia y lealtad en las transacciones comerciales y la información transparente a los consumidores.