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Tal y como se había anunciado, el Consejo de Ministros decidió el 25 de junio aplicar un IVA cero al aceite de oliva a partir del 1 de julio y hasta el 30 de septiembre.

Durante esos tres meses se mantendrá también el IVA cero para los productos a los que se aplica desde principios de 2023 (pan, harinas panificables, quesos, huevos, frutas, verduras y hortalizas frescas, legumbres, tubérculos y cereales) y el IVA del 5% para las pastas alimenticias.

Además, el Gobierno ha modificado la Ley del IVA para incluir el aceite de oliva entre los alimentos básicos, de forma que tributará de manera permanente en el tipo superreducido (4%).

Estas rebajas del IVA de los alimentos, aprobadas para paliar la subida de la inflación derivada de la guerra en Ucrania y de la sequía, pasarán por dos fases hasta recuperar sus gravámenes normales. Desde el 1 de julio y hasta el 30 de septiembre se mantendrán los tipos del 0% y 5%. A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre el tipo del 0% de los alimentos básicos se situará en el 2% y el del 5% en el 7,5%. A partir del año que viene se volverá al 4% y al 10% habituales, respectivamente.

Según ha señalado el Gobierno, esta "paulatina reversión responde al mandato efectuado por la Comisión Europea para ir atenuando las medidas extraordinarias adoptadas en los años precedentes".

25/06/24 15:51
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IVA cero para el aceite de oliva hasta octubre

Se prorrogan las rebajas vigentes para otros productos básicos

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Compra y venta
Eugenia Rubio
25/06/24
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Tal y como se había anunciado, el Consejo de Ministros decidió el 25 de junio aplicar un IVA cero al aceite de oliva a partir del 1 de julio y hasta el 30 de septiembre.

Durante esos tres meses se mantendrá también el IVA cero para los productos a los que se aplica desde principios de 2023 (pan, harinas panificables, quesos, huevos, frutas, verduras y hortalizas frescas, legumbres, tubérculos y cereales) y el IVA del 5% para las pastas alimenticias.

Además, el Gobierno ha modificado la Ley del IVA para incluir el aceite de oliva entre los alimentos básicos, de forma que tributará de manera permanente en el tipo superreducido (4%).

Estas rebajas del IVA de los alimentos, aprobadas para paliar la subida de la inflación derivada de la guerra en Ucrania y de la sequía, pasarán por dos fases hasta recuperar sus gravámenes normales. Desde el 1 de julio y hasta el 30 de septiembre se mantendrán los tipos del 0% y 5%. A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre el tipo del 0% de los alimentos básicos se situará en el 2% y el del 5% en el 7,5%. A partir del año que viene se volverá al 4% y al 10% habituales, respectivamente.

Según ha señalado el Gobierno, esta "paulatina reversión responde al mandato efectuado por la Comisión Europea para ir atenuando las medidas extraordinarias adoptadas en los años precedentes".