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En el Boletín Oficial del Estado del 2 de abril se ha publicado la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, cuyo objetivo es frenar el desperdicio de alimentos en toda la cadena alimentaria, desde los productores primarios, en la fase de cosecha y recolección, hasta los consumidores finales, tanto en los hogares como en bares y restaurantes.

Para ello, la norma obliga a los agentes de la cadena alimentaria a disponer de un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio. Las empresas deberán hacer un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identificar dónde se producen las pérdidas de alimentos, fijar medidas para minimizarlos y destinarlos a otros usos antes de acabar en la basura.

La ley establece una jerarquía de usos, en la que tiene prioridad el consumo humano, bien a través de la transformación de los alimentos, por ejemplo, en zumos o mermeladas en el caso de la fruta, o mediante la donación o redistribución. Como segundo uso en la jerarquía se contempla la alimentación animal o la elaboración de subproductos para la industria. Los alimentos que no puedan aprovecharse en esas fases se gestionarán como residuos y se destinarán al reciclado y, en particular, a la obtención de compost, biogás o de combustibles.

El Ministerio de Agricultura aprobará un plan nacional de control de las pérdidas y el desperdicio alimentario que incluirá los objetivos y prioridades a realizar por las administraciones competentes en la materia, que será acordado con las comunidades autónomas. La administraciones autonómicas  serán las encargadas del control del cumplimiento de la ley.

El texto permite cierta flexibilidad para facilitar a las empresas su adaptación a las obligaciones, como en el caso de las de menor tamaño. Por ello, quedan excluidas de la obligación de aplicar la jerarquía y elaborar un plan de prevención y de firmar acuerdos de donación las microempresas (menos de 10 trabajadores) y las pequeñas explotaciones agrarias (menos de 50 trabajadores).

Aparte de imponer obligaciones, el texto incluye buenas prácticas dirigidas principalmente a la formación y la sensibilizaciónfomentar las líneas de venta de productos imperfectos o con aspecto feo o mejorar la información sobre la seguridad de su consumo, siempre que se cumplan las normas de comercialización vigentes en la Unión Europea. También contempla incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima.

2/04/25 14:19
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En vigor la Ley de desperdicio alimentario

Se ha publicado en el BOE del 2 de abril

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Agropopular

02/04/2025

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En el Boletín Oficial del Estado del 2 de abril se ha publicado la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, cuyo objetivo es frenar el desperdicio de alimentos en toda la cadena alimentaria, desde los productores primarios, en la fase de cosecha y recolección, hasta los consumidores finales, tanto en los hogares como en bares y restaurantes.

Para ello, la norma obliga a los agentes de la cadena alimentaria a disponer de un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio. Las empresas deberán hacer un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identificar dónde se producen las pérdidas de alimentos, fijar medidas para minimizarlos y destinarlos a otros usos antes de acabar en la basura.

La ley establece una jerarquía de usos, en la que tiene prioridad el consumo humano, bien a través de la transformación de los alimentos, por ejemplo, en zumos o mermeladas en el caso de la fruta, o mediante la donación o redistribución. Como segundo uso en la jerarquía se contempla la alimentación animal o la elaboración de subproductos para la industria. Los alimentos que no puedan aprovecharse en esas fases se gestionarán como residuos y se destinarán al reciclado y, en particular, a la obtención de compost, biogás o de combustibles.

El Ministerio de Agricultura aprobará un plan nacional de control de las pérdidas y el desperdicio alimentario que incluirá los objetivos y prioridades a realizar por las administraciones competentes en la materia, que será acordado con las comunidades autónomas. La administraciones autonómicas  serán las encargadas del control del cumplimiento de la ley.

El texto permite cierta flexibilidad para facilitar a las empresas su adaptación a las obligaciones, como en el caso de las de menor tamaño. Por ello, quedan excluidas de la obligación de aplicar la jerarquía y elaborar un plan de prevención y de firmar acuerdos de donación las microempresas (menos de 10 trabajadores) y las pequeñas explotaciones agrarias (menos de 50 trabajadores).

Aparte de imponer obligaciones, el texto incluye buenas prácticas dirigidas principalmente a la formación y la sensibilizaciónfomentar las líneas de venta de productos imperfectos o con aspecto feo o mejorar la información sobre la seguridad de su consumo, siempre que se cumplan las normas de comercialización vigentes en la Unión Europea. También contempla incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima.

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